Entra en vigor la ordenanza para regular los vehículos de movilidad personal (VMP)

El aumento del uso de los vehículos de movilidad personal (VMP) hace necesario abordar una regulación para la circulación de estos vehículos. El Pleno de septiembre aprobó una nueva Ordenanza para este fin, con el objetivo de dotar de seguridad y fomentar una movilidad más sostenible. Tras los trámites administrativos pertinentes, a partir del día 10 de este mes entrará en vigor.

Con esta ordenanza municipal reguladora de los vehículos de movilidad personal será mucho más seguro hacer uso de este medio de transporte, tan popular, que cada día es más valorado y utilizado por los usuarios para desplazarse a su lugar de trabajo, estudio o simplemente como ocio.

Aspectos más importantes:

La edad mínima permitida para circular con un VMP es de 15 años.

Se requiere la contratación y vigencia de un seguro de responsabilidad civil para el usuario y frente a terceros.

El uso del casco es obligatorio para todos los usuarios de los VMP.

Todos los usuarios de los VMP regulados en la Ordenanza deben respetar en todo momento las normas generales de circulación establecidas en la citada ordenanza, así como demás normativa y legislación vigente en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, circulando con la debida precaución y diligencia, evitando daños propios o al resto de usuarios de la vía.

Se prohíbe la circulación de los VMP por aceras, paseos, plazas y demás zonas destinadas al uso de peatones y área de prioridad peatonal.

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